Actualizado
en Noviembre de 2003
I. Declaración de
intenciones
A. Acerca de los
Requisitos de Uniformidad
B. Usuarios
potenciales de los Requisitos de Uniformidad
C. Cómo
utilizar los Requisitos de Uniformidad
II. Aspectos
éticos en la realización y publicación de
trabajos de investigación
A.
Autoría y contribuciones
1. Autores
firmantes
2.
Colaboradores en la sección de Agradecimientos
B. Editor de la
revista
1. Funciones
del Editor de la revista
2. Libertad
editorial
C.
Revisión por expertos (peer review)
D. Conflictos de
intereses
1. Potencial
conflicto de intereses relacionado con compromisos individuales de
los autores
2. Potencial
conflicto de intereses relacionado con la financiación del
estudio
3. Potencial
conflicto de intereses relacionado con compromisos del Editor de la
revista, del personal de la revista o de los revisores
E. Privacidad y
confidencialidad
1. Pacientes y
participantes en el estudio
2. Autores y
revisores
F.
Protección de personas y animales durante la
investigación
III. Proceso editorial y
publicación en revistas biomédicas
A.
Obligación de publicar los resultados negativos
B. Correcciones,
retractaciones y «advertencias»
C. Derechos de
autor
D. Doble
publicación
1. Envío
duplicado de manuscritos
2.
Publicación redundante
3.
Publicación secundaria aceptable
4. Manuscritos
discordantes basados en el mismo estudio
a.
Discrepancias en el análisis o en la interpretación
de los datos
b.
Discrepancias en la presentación de métodos o
resultados
5. Manuscritos
discordantes basados en la misma base de datos
E. Sección de correspondencia
F. Suplementos,
monográficos y series especiales
G. Publicación electrónica
H. Publicidad
I. Relaciones
con los medios de comunicación
IV. Preparación y
envío de manuscritos a revistas biomédicas
A.
Preparación del manuscrito
1. a.
Principios generales
1. b.
Recomendaciones para la publicación de estudios con
diseños específicos
2.
Página del título
3.
Página para la declaración de conflictos de
intereses
4. Resumen y
palabras clave
5.
Introducción
6.
Métodos
a.
Selección y descripción de los
participantes
b.
Información técnica
c.
Análisis estadístico
7.
Resultados
8.
Discusión
9. Referencias
bibliográficas
a.
Consideraciones generales sobre las referencias
bibliográficas
b. Estilo y
formato de las referencias bibliográficas
10.
Tablas
11.
Ilustraciones (figuras)
12. Leyendas de
las ilustraciones (figuras)
13. Unidades de
medida
14.
Abreviaturas y símbolos
B. Envío
del manuscrito a la revista
V.
Bibliografía
A. Referencias
bibliográficas citadas en este documento
B. Otras fuentes
de información relacionadas con las revistas
biomédicas
VI. Acerca del
Comité Internacional de Editores de Revistas
Médicas
VII. Autores de los
Requisitos de uniformidad
VIII. Uso,
difusión y traducción de los Requisitos de
uniformidad
IX. Consultas
Este
documento es una traducción al castellano de los ICMJE
Uniform Requirements for Manuscripts Submitted to Biomedical
Journals realizada por la Dra. Ana M. García, miembro del
Equipo Editorial de la revista Gaceta Sanitaria, con el
apoyo de dicha revista y del Instituto de Salud Carlos III. El
Comité Internacional de Editores de Revistas Médicas
no ha revisado ni aprobado los contenidos de esta
traducción. La versión oficial de los Requisitos
de Uniformidad está disponible en
www.icmje.org
Para esta
versión se ha traducido el término inglés
editor por «Editor», para designar a la persona de
dirige una revista médica.
I. DECLARACION DE
INTENCIONES
I.A. Acerca de los
Requisitos de Uniformidad
En 1978, un
reducido grupo de Editores de revistas de medicina general se
reunió informalmente en Vancouver, British Columbia
(Canadá), con el fin de establecer requisitos de formato
comunes para los manuscritos remitidos a sus revistas. Este grupo
se denominó Grupo de Vancouver. En 1979 publicaron por
primera vez sus requisitos de Uniformidad para la
preparación de manuscritos, en los que se recogía
también el estilo desarrollado por la National Library of
Medicine (NLM, Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos de
América) para las referencias bibliográficas.
Posteriormente, el Grupo de Vancouver creció y se
convirtió en el Comité Internacional de Editores de
Revistas Médicas (CIERM), con reuniones anuales. El CIERM ha
ampliado gradualmente sus intereses, abarcando también el
tratamiento de aspectos éticos relacionados con la
publicación en revistas biomédicas y de ciencias de
la salud.
El CIERM ha
publicado sucesivas ediciones de los denominados «Requisitos
de Uniformidad para los manuscritos enviados a revistas
biomédicas» (en adelante, Requisitos de Uniformidad).
Con el tiempo, el CIERM se ha ido pronunciando también sobre
cuestiones que van más allá de la preparación
del manuscrito, lo que ha determinado la aparición de una
serie de declaraciones independientes sobre política
editorial. En 1997 se revisó el documento completo de los
Requisitos de Uniformidad; posteriormente, en mayo de 1999 y mayo
de 2000, se actualizaron algunas de sus secciones. En mayo de 2001
el CIERM revisó las secciones sobre potenciales conflictos
de intereses. En la presente edición de 2003, el grupo ha
revisado y reorganizado el documento en su totalidad, incorporando
las declaraciones independientes al texto.
Se permite la
reproducción del contenido completo de los Requisitos de
Uniformidad con fines educativos, no lucrativos, sin necesidad de
considerar los derechos de autor; de hecho, el CIERM anima a la
difusión de este documento.
Se recomienda a
las revistas que acuerden utilizar los Requisitos de Uniformidad
que declaren en sus «Instrucciones para autores» que
sus normas se adecuan a dichos requisitos y que citen la
versión oficial de este documento.
I.B. Usuarios potenciales
de los Requisitos de Uniformidad
El CIERM
elaboró los Requisitos de Uniformidad con el objetivo
principal de ayudar a autores y Editores de revistas en la
preparación y divulgación de estudios
biomédicos rigurosos, claros y fácilmente accesibles.
Las secciones iniciales de este documento abordan los principios
éticos relacionados con los procesos de evaluación,
mejora y publicación de manuscritos en las revistas
científicas, y con las relaciones entre los Editores de las
revistas y los autores, los revisores externos y los medios de
comunicación. Las siguientes secciones tratan cuestiones
más técnicas relacionadas con la preparación y
envío de manuscritos a las revistas. El CIERM considera que
el conocimiento del documento en su totalidad es de interés
tanto para los autores como para los Editores de las
revistas.
Los Requisitos
de Uniformidad también pueden proporcionar
información interesante sobre el proceso de autoría y
publicación en ciencias biomédicas y de la salud a
otras personas o partes implicadas, como por ejemplo revisores
externos, compañías editoriales, medios de
comunicación, pacientes y sus familiares o lectores de la
literatura médica.
I.C. Cómo utilizar
los Requisitos de Uniformidad
Los Requisitos
de Uniformidad establecen principios éticos para la
realización y publicación de la investigación
y proporcionan recomendaciones específicas en
relación con el proceso editorial y la redacción y
preparación de manuscritos. Estas recomendaciones se basan
en la experiencia compartida por un grupo de Editores de revistas y
autores, acumulada a lo largo de muchos años, más que
en resultados contrastados de estudios específicos y
metódicos. Siempre que es posible, las recomendaciones se
acompañan de los fundamentos que las justifican; con ello,
el documento también pretende ser educativo.
Es conveniente
que los autores sigan las recomendaciones de este documento siempre
que sea posible, ya que así se mejora la calidad y la
claridad de la información contenida en los manuscritos, a
la vez que se facilita el proceso de edición. Al mismo
tiempo, cada revista tiene requisitos editoriales propios y
adecuados a sus objetivos. Por tanto, los autores deben conocer y
respetar las instrucciones para autores específicas de la
revista elegida para enviar su manuscrito; por ejemplo, los temas
apropiados para esa revista o los distintos tipos de
artículos que publican (tales como originales, revisiones o
casos clínicos). La Mulford Library de la Facultad de
Medicina de Ohio proporciona una útil recopilación de
instrucciones para autores en
www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html.
II. ASPECTOS
ÉTICOS EN LA REALIZACION Y PUBLICACION DE TRABAJOS DE
INVESTIGACION
II.A. Autoría y
contribuciones
II.A.1. Autores
firmantes
En sentido
general, se considera que un «autor» de un trabajo
publicado es una persona que ha contribuido intelectualmente de
manera significativa al mismo. La autoría en ciencias
biomédicas y de la salud tiene importantes repercusiones
académicas, sociales y económicas1. Antes
no era habitual que los lectores conocieran las contribuciones
específicas al estudio de los autores firmantes de un
trabajo o de las personas mencionadas en los
agradecimientos2. Actualmente, algunas revistas
solicitan y publican la información sobre la
contribución específica de cada uno de los
colaboradores en el trabajo, al menos para los estudios originales
de investigación. El CIERM anima a los Editores de revistas
a desarrollar e implementar políticas para obtener y
publicar información sobre la naturaleza de la
contribución de cada autor al estudio, así como para
identificar al responsable de la integridad del trabajo en su
conjunto.
Aunque la
descripción de los autores colaboradores y responsables del
estudio resuelve en parte las ambigüedades relacionadas con la
autoría de un trabajo, aún queda pendiente establecer
la cantidad y calidad de una contribución que cualifica para
ser autor. El CIERM recomienda aplicar los siguientes criterios de
autoría, también apropiados para las revistas que
diferencian entre autores y colaboradores de otra
naturaleza:
El
crédito de autoría se debe basar en: 1)
contribuciones significativas en la concepción,
diseño del estudio, obtención de los datos, o en el
análisis e interpretación de éstos; 2)
redacción del manuscrito o su revisión crítica
con aportaciones de naturaleza intelectual relevantes, y 3)
aprobación final de la versión a publicar. Las
personas designadas como autores deben cumplir los requisitos 1, 2
y 3.
Cuando el
trabajo ha sido realizado por un grupo multicéntrico, el
grupo debe identificar a la persona o personas que asumen la
responsabilidad directa del manuscrito3. Estas personas
deben cumplir en su totalidad los criterios de autoría
expuestos previamente, y también deben completar formularios
específicos para la declaración de autoría y
de conflictos de intereses. Cuando se envía un manuscrito
firmado por un grupo de trabajo, el autor responsable de la
correspondencia debe indicar claramente la fórmula preferida
para la cita del trabajo, y debe también identificar
individualmente a los autores además de incluir el nombre
colectivo del grupo. En la sección de Agradecimientos se
recogerán habitualmente los nombres de los otros componentes
del grupo de trabajo. La National Library of Medicine
indizará en sus bases de datos tanto el nombre del grupo
como los nombres de los autores identificados por el grupo como
responsables directos del manuscrito.
La
obtención de financiación, la recogida de datos o la
supervisión general del equipo de investigación, por
sí solas, no justifican la autoría.
Todas las
personas identificadas como autores deben cumplir los requisitos de
autoría, y todas las personas que los cumplen deben aparecer
como autores.
Cada autor
debe haber participado de manera suficiente en el trabajo como para
asumir responsabilidad pública por las correspondientes
partes de su contenido.
Actualmente
algunas revistas exigen también que uno o más autores
se identifiquen como «responsables» o
«garantes», siendo las personas que asumen la
responsabilidad de la integridad del trabajo en su conjunto desde
su inicio hasta su publicación, y que dicha
información sea publicada.
En los estudios
multicéntricos, cada vez es más frecuente la
asignación de la autoría a un grupo colectivo. Los
componentes del grupo identificados como autores del estudio deben
cumplir en su totalidad los criterios de autoría expuestos
previamente.
Todos los
coautores deben decidir conjuntamente el orden de firma del
trabajo. Cada autor debe poder justificar su orden de
aparición en la firma de un trabajo.
II.A.2. Colaboradores
en la sección de Agradecimientos
Los
colaboradores que no cumplan los criterios de autoría deben
aparecer en la sección de Agradecimientos. Por ejemplo, las
personas que han participado exclusivamente como colaboradores
técnicos, en la redacción del manuscrito o
facilitando en general el desarrollo del trabajo desde la
dirección de un departamento o servicio. En esta
sección se deben también reconocer las ayudas
económicas y materiales que haya podido tener el
estudio.
Las personas que
han contribuido materialmente al trabajo sin llegar a cumplir los
criterios de autoría pueden aparecer designadas como
«investigadores clínicos» o
«investigadores participantes». En estos casos, se debe
describir la función o contribución de estas personas
mediante fórmulas tales como «asesoría
científica», «revisión crítica del
protocolo del estudio», «recogida de datos» o
«provisión y cuidado de los pacientes del
estudio».
Puesto que los
lectores pueden interpretar que la aparición en la
sección de Agradecimientos implica la aprobación de
los datos y conclusiones del estudio, es necesario obtener la
autorización por escrito de las personas que se incluyan en
dicha sección.
II.B. Editor de la
revista
II.B.1. Funciones del
Editor de la revista
El Editor de una
revista es la persona responsable de la totalidad de su contenido.
Los propietarios y Editores de revistas médicas comparten un
deber: la publicación de información rigurosa e
inteligible, con el debido respeto tanto a los objetivos propios de
la revista como a sus costes. Sin embargo, las funciones de
propietarios y Editores de las revistas son distintas. Los
propietarios tienen derecho a contratar y destituir a los Editores
y a tomar las decisiones comerciales importantes, en las que
también se deben implicar los Editores al máximo
nivel posible. Los Editores deben disponer de autoridad plena para
fijar la línea editorial de la revista. Deben defender con
resolución este concepto de libertad editorial, incluso
hasta el límite de poner en peligro su puesto. Para
garantizar la libertad editorial en la práctica, el Editor
debe tener acceso directo al más alto nivel en la
organización jerárquica de la compañía
propietaria de la revista.
En el contrato
del Editor de la revista se deben establecer claramente sus
derechos y obligaciones, además de los términos
generales del nombramiento, así como definir los mecanismos
necesarios para resolver conflictos potenciales.
Un comité
de redacción independiente puede ser de ayuda al Editor para
establecer y mantener la política editorial de la
revista.
II.B.2. Libertad
editorial
El CIERM adopta
la definición de libertad editorial de la Asociación
Mundial de Editores Médicos (World Association of Medical
Editors, www.wame. org/wamestmt.htm), según la cual la
libertad o independencia editorial es la plena autoridad de los
Editores sobre el contenido editorial de su revista. La
compañía propietaria de la revista no debe interferir
en los procesos de selección o redacción de los
artículos, ni directamente ni mediante presiones externas
que puedan influir significativamente en las decisiones. Los
Editores deben basar sus decisiones en la validez de los trabajos y
en su relevancia para los lectores, y no en los objetivos
comerciales de la revista. Los Editores deben tener libertad para
expresar opiniones críticas y responsables acerca de todos
los aspectos relacionados con las ciencias de la salud sin temor a
represalias, incluso en el caso de que tales opiniones pudieran
entrar en conflicto con los objetivos comerciales de la
compañía editorial. Los Editores y las organizaciones
de Editores tienen la obligación de defender el concepto de
libertad editorial y de exponer ante la comunidad internacional
médica y académica, y ante el público general,
las transgresiones graves de dicha libertad.
II.C. Revisión por
expertos (peer review)
La
valoración crítica, independiente e imparcial es una
parte intrínseca a cualquier trabajo académico,
incluyendo el proceso científico. En el proceso de
revisión por expertos o revisión externa, una o
más personas que no forman parte del equipo editorial de la
revista llevan a cabo una evaluación crítica de los
manuscritos. De hecho, la revisión por expertos puede
considerarse una pieza fundamental del propio proceso
científico. Aunque su valor real ha sido poco estudiado y es
un tema ampliamente debatido4, la revisión por
expertos ayuda a los Editores a decidir qué manuscritos son
más apropiados para publicar en sus revistas, a la vez que
ayuda a autores y Editores a mejorar la calidad de los trabajos
publicados. Una revista con un sistema de revisión por
expertos es la que somete la mayoría de los trabajos de
investigación que publica a dicho proceso. El número
y tipo de manuscritos enviados a revisión, el número
de revisores utilizados para cada manuscrito, los procedimientos
seguidos para la revisión externa y la influencia de las
opiniones y comentarios de los revisores en las decisiones sobre el
manuscrito pueden variar de unas revistas a otras. En beneficio de
la transparencia, las revistas deben publicar las
características propias de su proceso de revisión
externa de manuscritos en las instrucciones para
autores.
II.D. Conflictos de
intereses
La confianza
pública en el proceso de revisión externa por
expertos y la credibilidad de los artículos publicados
dependerán en parte del rigor con el que se aborden los
potenciales conflictos de intereses durante la redacción del
trabajo, su revisión por expertos y la toma de decisiones
acerca de su publicación. Hay conflicto de intereses cuando
el autor (o su institución), el revisor externo o el Editor
de la revista tienen relaciones económicas o personales que
pueden sesgar o influir inadecuadamente sus acciones. Dichas
relaciones se denominan también compromisos duales,
intereses contrarios o lealtades contrarias. La influencia de estas
relaciones sobre las acciones y juicios realizados puede ser
despreciable o bien decisiva. Por otra parte, no todas las
relaciones de este tipo suponen un auténtico conflicto de
intereses. El potencial para conflicto de intereses existe con
independencia de que el sujeto afectado considere que dichas
relaciones influyen o no sobre su criterio científico. Las
relaciones económicas (tales como contratos de trabajo,
consultorías, propiedad de acciones o valores financieros,
honorarios o peritajes remunerados) son las formas de conflicto de
intereses más fácilmente identificables y que con
mayor probabilidad afectarán la credibilidad de la revista,
de los autores y de la ciencia propiamente. Sin embargo,
también puede haber conflicto de intereses por otro tipo de
circunstancias, tales como relaciones personales, rivalidad
académica o pasión intelectual.
Todos los
participantes en el proceso de revisión externa y
publicación deben desvelar cualquier tipo de relación
que pueda considerarse causa potencial de conflicto de intereses.
La declaración de estas relaciones es también
importante en el caso de editoriales y artículos de
revisión, ya que la identificación de sesgos en este
tipo de trabajos puede ser más difícil que en el caso
de artículos originales. Los Editores deben tomar sus
decisiones en función de la información disponible
acerca de los conflictos de intereses e intereses financieros. Los
Editores deben publicar dicha información si consideran que
es importante para que los lectores puedan valorar adecuadamente el
trabajo.
II.D.1. Potencial
conflicto de intereses relacionado con compromisos individuales de
los autores
Cuando los
autores envían un manuscrito a una revista, sea en forma de
artículo o de carta al editor, son responsables de desvelar
cualquier tipo de relaciones económicas o personales que
puedan haber influido en su trabajo. Con el fin de evitar
ambigüedades, los autores deben declarar explícitamente
si existen o no conflictos potenciales. Para ello, los autores
deberán incluir una página específica para la
declaración de conflictos de intereses en el manuscrito, a
continuación de la página del título, y
añadir cualquier información adicional que fuera
necesaria en la carta de presentación que acompañe al
trabajo (véase sección IV.A.3. Página para la
declaración de conflictos de intereses).
Los
investigadores deben informar de los potenciales conflictos de
intereses a las personas que participen en el estudio, declarando
en el manuscrito que han obrado de este modo.
Es
decisión de los Editores publicar o no la información
revelada por los autores sobre potenciales conflictos de intereses.
En caso de duda, es preferible equivocarse en el sentido de
publicar dicha información.
II.D.2. Potencial
conflicto de intereses relacionado con la financiación del
estudio
Cada vez es
más frecuente la financiación de estudios por parte
de firmas comerciales, compañías privadas u
organismos estatales. Según sean las condiciones de esta
financiación, la investigación puede estar sesgada o
ser desacreditada de otra forma.
Los
científicos tienen la obligación ética de
publicar datos fidedignos. Aún más, como responsables
directos de su trabajo, deben disponer de plena libertad para
acceder a los datos, para analizarlos imparcialmente y para
preparar y publicar los manuscritos derivados del mismo. Los
autores deben describir cualquier tipo de participación de
la entidad o entidades financiadoras del trabajo, si las ha habido,
en el diseño del estudio, en la recogida, análisis e
interpretación de los datos, en la redacción del
trabajo y en la decisión de presentarlo para
publicación. Si la entidad financiadora del estudio no ha
participado en ninguna de estas etapas, los autores deben
también declararlo. Los sesgos que pueden producirse en caso
de que el organismo que financia el estudio haya participado
directamente en la investigación son de la misma relevancia
que los sesgos metodológicos de otra naturaleza. Por ello,
algunas revistas exigen que se incluya en la sección de
Métodos toda la información relativa a la
participación de la entidad financiadora en el
estudio.
En el caso de un
trabajo financiado por un organismo con intereses económicos
o de patente en relación con los resultados del estudio, el
Editor de la revista puede pedir a los autores que firmen una
declaración similar a ésta: «He tenido acceso
completo a todos los datos de este estudio y asumo total
responsabilidad sobre la integridad de los datos y la exactitud del
análisis». En algunos casos será conveniente
que el Editor revise los protocolos y/o los contratos de
financiación de determinados proyectos antes de aceptar para
publicación los trabajos derivados de dichos proyectos. Los
Editores pueden descartar la consideración de un manuscrito
para su publicación en el caso de que la entidad
financiadora del trabajo haya ejercido algún tipo de control
sobre el derecho del autor a publicar.
II.D.3. Potencial
conflicto de intereses relacionado con compromisos del Editor de la
revista, del personal de la revista o de los revisores
Los Editores
deben evitar asignar los manuscritos a revisores externos que
puedan tener conflictos de intereses evidentes, por ejemplo
revisores que trabajan en el mismo departamento o
institución de alguno de los autores del trabajo. En
ocasiones, los autores indican al Editor los nombres de algunas
personas que no deberían actuar como revisores externos de
su manuscrito por la existencia de potencial conflicto de
intereses, generalmente de índole profesional. Siempre que
sea posible, los autores deben explicar o justificar este tipo de
indicaciones, lo que será importante para que el Editor
decida atender o no el requisito.
Los revisores
externos deben declarar al Editor cualquier conflicto de intereses
que pueda afectar la evaluación imparcial del manuscrito, y
no deben aceptar revisar determinados manuscritos si piensan que
eso es lo correcto. Al igual que sucede con los autores, si no
existe ninguna declaración de los revisores en
relación con el conflicto de intereses puede ser porque
existe conflicto, pero no ha sido declarado, o porque no existe
conflicto. Por tanto, se debe pedir también a los revisores
externos que declaren explícitamente si tienen o no
conflicto de intereses. Por otra parte, los revisores no deben
utilizar para sus propios fines la información contenida en
el manuscrito antes de su publicación.
Los Editores y
miembros del equipo editorial que tomen decisiones finales sobre la
publicación de los manuscritos no deben tener relaciones
personales, profesionales o económicas que puedan influir
sobre cualquiera de los elementos bajo su juicio. Los miembros del
comité de redacción que participen en el proceso de
decisión editorial deben facilitar al Editor de la revista
una descripción actualizada de sus intereses
económicos (en tanto puedan afectar sus decisiones) y
descalificarse del proceso de decisión si presentan
cualquier tipo de conflicto de intereses. El personal de la revista
no debe utilizar la información obtenida por su trabajo de
gestión con los manuscritos para beneficio personal. El
Editor de la revista debe publicar regularmente declaraciones
acerca de los potenciales conflictos de intereses del personal de
la revista.
II.E. Privacidad y
confidencialidad
II.E.1. Pacientes y
participantes en el estudio
Los pacientes
tienen derecho a su intimidad, que nunca debe ser vulnerada a menos
que se disponga del correspondiente consentimiento informado. Los
manuscritos no deben presentar información que permita la
identificación de las personas incluidas en el estudio (por
ejemplo, nombres, iniciales o códigos de la
documentación clínica). Tampoco se deben publicar
fotografías y datos genealógicos a menos que esta
información sea imprescindible para los objetivos
científicos y se haya obtenido del paciente (o de sus padres
o tutores) el correspondiente consentimiento informado por escrito
para su publicación. En estos casos, se exige también
que se muestre previamente a la persona o personas afectadas una
copia del manuscrito remitido para su
publicación.
Se debe evitar
la presentación de cualquier tipo de detalles personales, a
menos que sean verdaderamente relevantes en el estudio. Puede ser
difícil conseguir el anonimato completo en algunos casos, y
siempre que exista la más mínima duda se debe obtener
el correspondiente consentimiento informado. Por ejemplo, ocultar
la región de los ojos en las fotografías de los
pacientes no garantiza suficientemente el anonimato. Si se cambian
datos para proteger la intimidad de los sujetos, los autores deben
asegurarse de que tales modificaciones no distorsionan el
significado científico de la información.
Las
instrucciones para autores de las revistas deben especificar los
requisitos relativos a la obtención de consentimientos
informados. En el artículo publicado se debe mencionar la
obtención de los necesarios consentimientos
informados.
II.E.2. Autores y
revisores
La
revisión de manuscritos debe realizarse con el debido
respeto hacia la confidencialidad de la información
contenida. Cuando los autores envían a una revista un
manuscrito para su publicación, confían al Editor los
resultados de su trabajo científico y esfuerzo creativo, de
los que puede depender su reputación y su carrera
profesional. Si se revelan detalles confidenciales del proceso de
revisión del manuscrito, se pueden violar los derechos de
los autores. Los revisores tienen también derecho a la
confidencialidad, que debe ser respetada por el Editor de la
revista. Este carácter confidencial puede quebrantarse en
caso de alegaciones de fraude o conducta deshonesta, pero debe
respetarse en cualquier otra situación.
El Editor no
debe desvelar ninguna información relativa al manuscrito
(incluyendo recepción, contenido, estado en el proceso de
revisión, comentarios de los revisores o decisión
final sobre su publicación) a ninguna otra persona aparte de
los autores y revisores del manuscrito en cuestión, incluso
en el caso de demandas por procesos legales.
Los Editores
deben señalar claramente a los revisores externos que los
manuscritos contienen información privilegiada que es
propiedad privada de los autores. Los revisores y los miembros del
equipo de redacción deben respetar este derecho y no
discutir públicamente el trabajo de los autores ni utilizar
sus ideas antes de la publicación del manuscrito. Los
revisores no están autorizados a hacer copias del manuscrito
para sus archivos personales ni a mostrar el documento a terceras
personas sin la autorización expresa del editor. Los
revisores externos deben devolver o destruir cualquier copia del
manuscrito una vez enviada su revisión. Los Editores tampoco
deben conservar copias de los manuscritos rechazados.
Los comentarios
de los revisores sobre el manuscrito no se deben publicar ni
divulgar de ninguna otra forma a menos que se tenga
autorización expresa para ello de los revisores, los autores
y el Editor de la revista.
Hay diversas
opiniones sobre la conveniencia de mantener el anonimato de los
revisores externos. Los autores deben consultar las instrucciones
para autores de la revista si desean saber si los revisores son o
no anónimos. Si la revisión no está firmada,
la identidad del revisor no debe revelarse a los autores o a otras
personas sin su consentimiento.
Algunas revistas
publican los comentarios de los revisores junto al manuscrito. Esto
no se debe hacer sin el consentimiento expreso de autores y
revisores. Sin embargo, los comentarios de los revisores se deben
enviar a otros revisores del mismo manuscrito, ya que de esta forma
se beneficia su formación como revisores. También se
puede informar a los revisores de la decisión del Editor
sobre el manuscrito.
II.F. Protección
de personas y animales de investigación
Cuando se
presenten resultados de experimentación con personas, los
autores deben indicar si los procedimientos seguidos
cumplían los requisitos éticos de los
correspondientes comités (institucional y nacional) de
evaluación de la experimentación con seres humanos y
de la Declaración de Helsinki de 1975 en su versión
revisada de 20005. Si hay dudas acerca del adecuado
cumplimiento de estos principios, los autores deben justificar su
comportamiento y demostrar que el correspondiente organismo
institucional responsable aprobó explícitamente los
aspectos dudosos del estudio. Cuando se presenten estudios
experimentales con animales, los autores deben indicar si han
seguido las recomendaciones institucionales y nacionales relativas
al cuidado y utilización de animales de
laboratorio.
III. PROCESO EDITORIAL Y
PUBLICACION EN REVISTAS BIOMÉDICAS
III.A. Obligación
de publicar los resultados negativos
Los Editores de
revistas biomédicas deben considerar la publicación
de cualquier estudio riguroso sobre temas importantes y relevantes
para sus lectores, independientemente de que los resultados del
estudio sean negativos (es decir, demuestren concluyentemente que
la hipótesis nula no puede ser rechazada) o positivos (es
decir, permitan el rechazo de la hipótesis nula). Si los
estudios con resultados negativos no se envían o no se
publican sistemáticamente, se produce un sesgo de
publicación. Muchos estudios que se presentan como negativos
son, en realidad, no concluyentes. La publicación de
estudios no concluyentes es problemática, puesto que estos
trabajos contribuyen poco al conocimiento científico y
consumen recursos de la revista. La Colaboración Cochrane
puede estar interesada en publicar ensayos clínicos con
resultados no concluyentes (www.cochrane.org).
III.B. Correcciones,
retractaciones y «advertencias»
En principio,
los Editores de revistas deben asumir que los autores presentan
trabajos honrados, basados en observaciones fidedignas. Sin
embargo, en relación con esto pueden aparecer dos tipos de
problemas.
En primer lugar,
en los artículos ya publicados pueden descubrirse errores
que requieran la publicación corregida de una parte del
trabajo. Estas correcciones deben aparecer en páginas
numeradas, deben incluirse en el índice de la revista, deben
contener la cita original completa y deben enlazar con el
artículo original, y viceversa, en la versión
electrónica del trabajo. Es posible, aunque poco probable,
que se produzcan errores tan graves como para afectar el
significado completo del trabajo; tales casos deben ser tratados de
forma específica por el Editor de la revista y por los
autores afectados. Estos errores no deben confundirse con las
incorrecciones derivadas de la aparición de nueva
información en el curso normal del proceso científico
de investigación. En este caso, no son necesarias
correcciones ni retractaciones.
El segundo
problema es el fraude científico. Si surgen dudas
importantes sobre la honradez o integridad de un trabajo en proceso
de evaluación o ya publicado, es responsabilidad del Editor
asegurar que se investigue el problema adecuadamente, generalmente
por parte de la institución del autor. Sin embargo,
generalmente no será tarea del propio Editor investigar a
fondo el asunto o tomar una decisión al respecto; la
responsabilidad recae sobre la institución en la que se ha
llevado a cabo el trabajo o sobre el organismo que lo ha
subvencionado. En cualquier caso, se debe informar puntualmente al
Editor del resultado final de estas investigaciones, y en caso de
que se haya publicado un artículo fraudulento, la revista
debe publicar la correspondiente retractación. Si la
investigación no llega a ninguna conclusión
satisfactoria, el Editor puede decidir llevar a cabo sus propias
averiguaciones. Como alternativa a la retractación, el
Editor podría preferir publicar una
«advertencia» expresando sus dudas y su
preocupación acerca del desarrollo o la integridad del
trabajo en cuestión.
Las
retractaciones o advertencias, designadas como tales, deben
publicarse en páginas numeradas y en una sección
destacada de la revista en papel y en versión
electrónica, deben citarse en el índice
correspondiente y deben incluir en su cabecera el título del
artículo original. En estos casos, una carta al Editor no es
suficiente. Idealmente, el primer autor de la retractación
debe ser el mismo que en el artículo, aunque bajo ciertas
circunstancias el Editor puede aceptar retractaciones por parte de
otras personas responsables del trabajo. En el texto de la
retractación se debe explicar el motivo de la misma e
incluir la referencia completa del artículo original
afectado por el problema.
No se puede
asumir la validez del trabajo previo de un autor de un
artículo fraudulento. Los Editores deben solicitar a la
institución del autor que confirme la validez de dicho
trabajo o que lo retracte. Si no se procede de esta forma, los
Editores pueden decidir publicar una advertencia expresando su
incertidumbre acerca de la validez de los trabajos previamente
publicados.
III.C. Derechos de
autor
En muchas
ocasiones se solicita a los autores la cesión de los
derechos de autor a la revista. Sin embargo, en un creciente
número de revistas de «acceso libre» no se
plantea este requisito. Los Editores deben manifestar claramente su
posición acerca de los derechos de autor a los propios
autores y a otras personas que pudieran estar interesadas en
utilizar los contenidos de la revista. Las revistas
biomédicas y de ciencias de la salud tienen diferentes
planteamientos en relación con los derechos de autor de los
artículos publicados. En algunos casos no existen derechos
de autor (por ejemplo, artículos realizados en el ejercicio
de su trabajo por personal funcionario de países como
Estados Unidos y otros). En ocasiones los Editores renuncian a los
derechos de autor del trabajo de otras personas o estos derechos
están protegidos por derechos de serie (es decir, se permite
la reproducción del trabajo en otras publicaciones
diferentes a las revistas, incluyendo la publicación
electrónica).
III.D. Doble
publicación
II.D.1. Envío
duplicado de manuscritos
La
mayoría de las revistas biomédicas no tendrán
en cuenta para su publicación manuscritos que hayan sido
enviados simultáneamente a otras revistas. Entre otras, las
principales razones para ello son: 1) el conflicto potencial cuando
dos (o más) revistas reclaman el derecho a publicar un
manuscrito que les ha sido enviado simultáneamente, y 2) la
posibilidad de que dos o más revistas asuman
innecesariamente el trabajo de evaluar y revisar el mismo
manuscrito y publicar el mismo artículo.
Sin embargo, los
Editores de diferentes revistas pueden acordar la
publicación simultánea o conjunta de un determinado
trabajo si lo consideran de interés para la salud de la
comunidad.
III.D.2.
Publicación redundante
La
publicación redundante (o duplicada) es la
publicación de un artículo que coincide
considerablemente con otro trabajo ya publicado en papel o en
soporte electrónico.
Los lectores de
las publicaciones de fuentes primarias, sean en papel o
electrónicas, tienen derecho a confiar en que los
correspondientes trabajos son originales, a menos que exista una
declaración expresa de que se trata de una
publicación secundaria por decisión del autor o del
Editor de la revista. Las razones de esto son la existencia de
leyes internacionales que regulan los derechos de autor, los
principios de conducta ética y la necesaria eficiencia en el
uso de los recursos editoriales. La publicación duplicada de
investigación original resulta especialmente
problemática, ya que puede conducir a la
consideración doble o inadecuada de los resultados de un
único estudio y, por tanto, distorsionar el estado del
conocimiento.
En general, las
revistas no están interesadas en recibir manuscritos que ya
han sido publicados en su mayor parte en un artículo previo
o que forman parte de un trabajo remitido o aceptado para su
publicación en otro medio, sea en papel o
electrónico. Ello no impide que la revista pueda considerar
un manuscrito rechazado por otra revista o un trabajo completo
después de su presentación preliminar, por ejemplo en
forma de resumen o póster en una reunión
científica. Tampoco es inconveniente la presentación
del trabajo en una reunión científica, sin que sea
publicado en su totalidad, o su publicación en el libro de
actas del congreso o formato similar. En general, las notas de
prensa sobre trabajos presentados en los congresos
científicos tampoco trasgreden esta norma, siempre que no
incluyan datos, tablas o figuras que amplíen la
información disponible.
Cuando se
envía un manuscrito a una revista para su eventual
publicación, los autores siempre deben incluir una
declaración al Editor acerca de envíos o
publicaciones previas del trabajo que puedan considerarse como
publicación redundante o duplicada. El autor debe indicar al
Editor si el manuscrito incluye partes publicadas previamente o que
se encuentren en trabajos remitidos a otra revista o
publicación. Siempre es necesario citar y dar la referencia
de estas publicaciones previas en el nuevo manuscrito. Junto al
manuscrito se deben incluir copias de estos materiales
relacionados, con el fin de facilitar la decisión del Editor
sobre el asunto.
Si se pretende
un caso de publicación redundante o duplicada sin que haya
sido previamente declarado, los autores deben esperar que el Editor
de la revista emprenda algún tipo de acción. Como
mínimo, el manuscrito puede ser rechazado de inmediato. Si
el Editor no conocía los hechos y el trabajo ya ha sido
publicado, probablemente se publique también en la revista
una nota advirtiendo de la publicación redundante o
duplicada con o sin las explicaciones o aprobación de los
autores.
Los informes
preliminares a medios de comunicación, a organismos
oficiales o a fabricantes, de la información
científica contenida en un artículo o carta al Editor
que han sido aceptados, pero que todavía no han sido
publicados, atentan contra los principios de muchas revistas. Tales
informes pueden estar justificados si en el artículo o carta
se describen avances terapéuticos importantes o serias
amenazas para la salud pública, tales como efectos adversos
graves de medicamentos, vacunas u otros productos biológicos
o dispositivos médicos, o enfermedades de declaración
obligatoria. Estos casos no son impedimento para la
publicación en la revista, pero cada situación debe
discutirse y acordarse previamente con el Editor de la
revista.
III.D.3.
Publicación secundaria aceptable
Cierto tipo de
documentos, por ejemplo las guías elaboradas por organismos
oficiales y organizaciones profesionales, pueden requerir el
máximo de difusión posible. En tales circunstancias,
los Editores pueden decidir abiertamente publicar materiales que ya
están en proceso de publicación en otras revistas,
siempre con el consentimiento de los autores y de los Editores de
dichas revistas. La publicación secundaria por otras
razones, en el mismo o distinto idioma, especialmente en
países diferentes, puede ser justificable, e incluso
conveniente, siempre que se respeten en su totalidad las siguientes
condiciones.
1. Los autores
cuentan con la aprobación de los Editores de ambas revistas.
El Editor de la revista de la publicación secundaria debe
tener copia o separata de la primera versión publicada del
trabajo.
2. La prioridad
de la primera publicación debe respetarse con un intervalo
de publicación de, al menos, una semana (a menos que ambos
Editores lo acuerden de otra manera).
3. El
artículo de la publicación secundaria va dirigido a
una audiencia diferente de lectores; en este caso, una
versión resumida puede ser suficiente.
4. La
versión secundaria recoge fielmente los datos y las
interpretaciones presentados en la primera versión del
trabajo.
5. En el pie de
página de la página del título de la
versión secundaria se informa a lectores, revisores externos
y documentalistas que el artículo ha sido publicado
previamente, en parte o en su totalidad, y se incluye la referencia
original. La redacción adecuada para esta nota a pie de
página podría ser: «Este artículo se
basa en un trabajo publicado previamente en [título de la
revista, referencia completa del trabajo].»
La
autorización para este tipo de publicación secundaria
debe ser libre de costes.
III.D.4. Manuscritos
discordantes basados en el mismo estudio
La
publicación de manuscritos para airear enfrentamientos entre
investigadores colaboradores puede consumir innecesariamente
espacio de la revista y confundir a los lectores. Por otra parte,
si un Editor publica conscientemente un artículo firmado
sólo por algunos de los colaboradores de un equipo de
investigación, puede estar atentando contra los derechos
legítimos del resto de componentes del grupo como coautores
del trabajo, y también el derecho de los lectores de la
revista a conocer lícitas diferencias de opinión en
la interpretación del estudio.
Puede haber dos
tipos de manuscritos discordantes: los presentados por
investigadores colaboradores que discrepen en el análisis o
en la interpretación del trabajo, y los remitidos por
colaboradores que no estén de acuerdo en cuáles
fueron los métodos y qué datos deberían ser
presentados.
Dejando aparte
el tema (no resuelto) de la propiedad intelectual de los datos, las
siguientes observaciones generales pueden ser de utilidad a
Editores de revistas y otras personas afectadas para afrontar este
tipo de problemas.
III.D.4.a.
Discrepancias en el análisis o en la interpretación
de los datos. Si hay desacuerdos en el análisis o la
interpretación de los datos, los autores deben remitir un
manuscrito en el que se presenten claramente las distintas
opiniones. Estas diferencias deben explicarse en la carta de
presentación del manuscrito. El proceso normal de
revisión editorial y externa puede ayudar a los autores a
resolver sus discrepancias en el análisis o en su
interpretación.
Si no se puede
resolver el conflicto y el trabajo merece ser publicado, se deben
publicar ambas versiones. Entre otras posibilidades, se pueden
publicar dos artículos sobre el mismo estudio o un
único artículo en el que se presenten los diferentes
análisis o interpretaciones. En tales casos sería
apropiado que el artículo publicado se acompañara de
una nota del Editor de la revista presentando el desacuerdo y los
esfuerzos de la revista por resolverlo.
III.D.4.b.
Discrepancias en la presentación de métodos o
resultados. Si el conflicto proviene de diferencias de
opinión en lo que realmente se hizo o en lo que se
encontró en el estudio, el Editor debe negarse a publicar el
trabajo hasta que se resuelva dicho desacuerdo. No es de esperar
que la revisión externa por expertos solucione tales
problemas. Si existen alegaciones de conducta deshonesta o fraude,
el Editor debe informar a las correspondientes instituciones. Los
autores deben conocer la intención del Editor de comunicar
tales sospechas.
III.D.5. Manuscritos
discordantes basados en la misma base de datos
A veces una
revista recibe manuscritos de equipos de investigación
independientes que han analizado la misma serie de datos, por
ejemplo bases de datos públicas. En este tipo de manuscritos
puede haber discrepancias en los métodos analíticos
y/o en las conclusiones. Se debe considerar independientemente cada
manuscrito. Si las interpretaciones de los mismos datos son muy
parecidas, es razonable (pero no necesario) que el Editor de la
revista dé prioridad al trabajo recibido en primer lugar.
Sin embargo, también en este caso puede estar justificada la
consideración de los distintos trabajos, e incluso la
publicación de los diferentes manuscritos si los
análisis presentados son complementarios e igualmente
válidos.
III.E. Sección de
correspondencia
Las revistas
biomédicas deben facilitar a sus lectores la posibilidad de
enviar opiniones, preguntas o críticas sobre los
artículos publicados, o de remitir comentarios breves o no
relacionados con trabajos previamente publicados. Probablemente,
pero no de modo necesario, estas posibilidades se
articularán a través de una sección o espacio
de cartas al editor. Los autores de los artículos comentados
en dicha sección deben tener la oportunidad de contestar los
comentarios, preferiblemente en el mismo número en el que
aparezca la carta en cuestión. Los autores de cartas al
Editor deben declarar cualquier tipo de conflicto de
intereses.
Las cartas al
Editor pueden pasar por un proceso de revisión para adecuar
su longitud, gramática o estilo a las normas de la revista.
Las revistas pueden también publicar cartas sin revisar, por
ejemplo en la sección de respuestas rápidas de la
versión electrónica. La revista debe declarar sus
prácticas editoriales en este sentido. Los autores deben
aprobar los cambios editoriales que modifiquen apreciablemente el
contenido o el tono de una carta o respuesta.
Aunque es
privativo de los Editores rechazar cartas que sean irrelevantes o
que carezcan de interés o lógica, es también
su responsabilidad permitir que se puedan expresar diferentes
opiniones. No se debe utilizar la sección de correspondencia
exclusivamente para promocionar los puntos de vista del Editor o de
la revista. En cualquier caso, los Editores deben esforzarse por
eliminar juicios descorteses, imprecisos o calumniosos, y no deben
consentir argumentos ofensivos que pretendan desacreditar opiniones
o resultados publicados.
En beneficio de
la imparcialidad y para mantener la sección de
correspondencia con una extensión razonable, las revistas
pueden establecer un plazo de tiempo limitado para responder a los
artículos y cartas o para abrir un debate sobre un tema
determinado. Las revistas pueden también comunicar a los
autores de un artículo publicado si la correspondencia
relacionada con su trabajo va a aparecer en una sección
ordinaria de la revista o en una sección de respuesta
rápida. Las revistas deben conservar de alguna manera la
correspondencia que aparezca sólo en la versión
electrónica de la revista. Estas políticas deben
hacerse públicas, tanto en la versión en papel como
en la versión electrónica de la
publicación.
III.F. Suplementos,
monográficos y series especiales
Los suplementos
son colecciones de artículos que tratan sobre un tema
común o sobre cuestiones relacionadas, se publican en un
número especial de la revista o como parte de un
número ordinario y generalmente se financian con recursos
ajenos a la empresa editorial de la revista. Los suplementos pueden
tener distintas utilidades: por ejemplo, de formación
continuada, de intercambio de la información
científica, para facilitar el acceso a determinados
materiales o para estimular la cooperación entre entidades
académicas y empresariales. Dado que las fuentes de
financiación pueden sesgar el contenido del suplemento por
la selección de los temas o de las opiniones expresadas, las
revistas deben considerar los siguientes principios, que
serían también de aplicación a los
monográficos o series especiales que tuvieran
financiación externa y/o Directores externos
invitados:
1. El Editor de
la revista debe asumir responsabilidad plena de la política,
los procedimientos y los contenidos de los suplementos, incluyendo
la decisión de publicar o no los materiales recibidos. No se
debe permitir que la entidad financiadora lleve a cabo la
corrección o revisión de estilo final del
suplemento.
2. El Editor
debe tener autoridad plena para someter los manuscritos del
suplemento a revisión externa por expertos, así como
para rechazar manuscritos recibidos para el suplemento. Los autores
y Directores invitados deben conocer estas condiciones antes de
iniciar la preparación del suplemento.
3. El Editor de
la revista debe aprobar el nombramiento de los Editores externos
invitados para el suplemento y asumir la responsabilidad por el
trabajo de estas personas.
4. Las fuentes
de financiación de los trabajos de investigación
incluidos en el suplemento y de su publicación, así
como los productos relacionados con la entidad financiadora que
aparezcan en el suplemento, deben indicarse claramente y
presentarse de manera evidente en el suplemento, preferiblemente en
cada página. Siempre que sea posible, la financiación
debe proceder de más de una entidad.
5. La publicidad
en los suplementos debe seguir los mismos principios que en los
números ordinarios de la revista.
6. En la revista
se debe facilitar la diferenciación entre las páginas
de los números ordinarios y las páginas de los
suplementos.
7. El Editor de
la revista y los Directores externos invitados en el suplemento no
deben aceptar favores ni pagos personales por parte de la entidad
financiadora del suplemento.
8. Se deben
identificar claramente los casos de publicación secundaria
en los suplementos (trabajos publicados previamente en cualquier
medio) mediante la cita del trabajo original ya publicado. Los
suplementos deben evitar la publicación redundante o doble.
No deben publicar resultados de investigación ya publicados,
pero puede ser conveniente la publicación secundaria de
guías u otros materiales de interés
público.
9. En los
suplementos se deben aplicar los mismos criterios de autoría
y para la declaración de conflicto de intereses que en los
números ordinarios de la revista.
III.G. Publicación
electrónica
Actualmente la
mayoría de revistas biomédicas se publican en papel y
en versión electrónica, y algunas sólo en
versión electrónica. La publicación
electrónica es publicación. De hecho, en beneficio de
la claridad y la coherencia, toda la información
médica y sanitaria publicada en Internet debería
seguir, siempre que sea posible, las recomendaciones presentadas en
este documento.
Por su
naturaleza, la publicación electrónica requiere
consideraciones específicas, algunas propias de este
documento y otras que lo exceden. Como mínimo, en el espacio
de la revista en la red deberá aparecer la siguiente
información: los nombres, credenciales, afiliaciones y
conflictos de intereses relevantes de Editores, autores y
colaboradores, la documentación correspondiente junto a las
referencias y fuentes de los contenidos presentados, la
información sobre los derechos de autor, la identidad del
propietario del espacio electrónico y la
identificación de patrocinadores, anunciantes y fuentes de
financiación.
Los enlaces
entre espacios en la red informática pueden percibirse como
una recomendación implícita de la calidad del lugar
de enlace. Las revistas deben mostrarse cautas en el uso de enlaces
a otras páginas electrónicas. Cuando los usuarios
acceden a un enlace, puede ser conveniente insertar un mensaje
advirtiéndoles que están saliendo de la revista. Se
deben identificar claramente los enlaces con fines comerciales. Se
deben indicar las fechas de inclusión y actualización
de contenidos. No se deben presentar mensajes publicitarios o
promocionales junto a contenidos editoriales. Los contenidos
comerciales se deben identificar manifiestamente como
tales.
La
publicación electrónica se encuentra en continua
evolución. Los Editores de revistas deben desarrollar,
declarar e implementar políticas sobre los diferentes
aspectos específicos y propios de este campo. Por ejemplo,
la conservación de los materiales, la corrección de
errores, el control de versiones y la elección entre el
formato papel o electrónico de la revista para la
publicación y archivo de los materiales
complementarios.
III.H.
Publicidad
La
mayoría de revistas médicas incluyen anuncios
publicitarios que generan ingresos para la compañía
editorial, pero esta publicidad no debe influir en las decisiones
editoriales. Las revistas deben desarrollar por escrito
políticas formales y explícitas acerca de la
publicidad, tanto en la versión impresa como en la
electrónica. Las políticas relativas a la publicidad
en las versiones electrónica e impresa de la revista deben
coincidir tanto como sea posible. El Editor de la
publicación debe tener autoridad plena y definitiva para
aprobar la inclusión de anuncios publicitarios, así
como para establecer la política de la revista en
relación con la publicidad. Si en la organización de
la revista existe una sección independiente encargada de la
revisión de los anuncios publicitarios, los Editores deben
hacer llegar sus criterios a dicha sección.
Los lectores
deben poder diferenciar claramente entre contenidos publicitarios y
editoriales. Se debe evitar la yuxtaposición de materiales
publicitarios y editoriales que traten sobre los mismos productos o
sujetos. La inclusión de anuncios publicitarios entre las
páginas de un artículo perjudica la lectura al
interrumpir la continuidad del mensaje, y también debe
evitarse. No se debe aceptar la publicación de anuncios
publicitarios a condición de que aparezcan en el mismo
número de la revista que determinado
artículo.
Las revistas no
deben someterse al dominio de la publicidad; los Editores deben
mostrarse precavidos con la publicación de anuncios de
sólo una o dos compañías, ya que puede causar
la impresión de que tales compañías influyen
sobre la línea editorial de la revista.
Las revistas no
deben publicar anuncios de productos que han demostrado ser
gravemente perjudiciales para la salud, por ejemplo el tabaco. Los
Editores deben respetar la normativa sobre publicidad existente en
su país o establecer sus propias normas. Las secciones de
anuncios clasificados o de otro tipo no deben ser controladas por
los intereses de agencias u organismos específicos, excepto
cuando así lo requiera la legislación vigente.
Finalmente, los Editores están obligados a considerar para
publicación aquellos trabajos que expresen opiniones
críticas sobre los anuncios publicitarios.
III.I. Relaciones con los
medios de comunicación
Debido al
interés público general en los avances de la
medicina, los medios de comunicación buscan afanosamente
todo tipo de resultados novedosos de la investigación
biomédica y en ciencias de la salud. En ocasiones, a
través de conferencias de prensa o entrevistas, los
investigadores y sus instituciones presentan los resultados de sus
estudios en los medios de comunicación antes de que se
publique el trabajo completo en una revista
científica.
El
público general tiene derecho a conocer puntualmente la
información médica relevante, sin retrasos
innecesarios, y los Editores de las revistas tienen la
responsabilidad de colaborar en este proceso. Las revistas
biomédicas y de ciencias de la salud van principalmente
dirigidas a sus audiencias, pero el público general puede
también tener un interés legítimo en su
contenido; las interacciones entre revistas y medios de
comunicación deben mantener el adecuado equilibrio entre
ambos intereses. Los clínicos necesitan conocer la
información con el máximo detalle antes de influir su
práctica por las conclusiones de un estudio. Por otra parte,
las noticias sobre los resultados de una investigación,
antes de que el estudio haya sido evaluado por revisores externos y
se haya publicado en toda su extensión, pueden contener
conclusiones imprecisas o prematuras.
Algunos
países han establecido un sistema de embargo para evitar la
publicación de determinadas noticias en los medios de
comunicación antes de que el estudio original en el que se
basa la información se haya publicado en una revista
científica. El embargo establece unas «normas del
juego» que por otra parte la mayoría de periodistas
agradecen, ya que reduce las presiones para publicar
rápidamente, muchas veces sin el tiempo necesario para
preparar las noticias con el cuidado que merecen. El respeto de un
tiempo mínimo antes de divulgar públicamente la
información biomédica es también importante
para evitar consecuencias económicas catastróficas,
puesto que algunos trabajos contienen información con gran
potencial para influir sobre los mercados financieros. Pero
también se ha criticado el sistema de embargo por servir
exclusivamente a los intereses de las revistas y por impedir una
rápida difusión de la información
científica.
Los Editores de
revistas biomédicas y de ciencias de la salud pueden
encontrar útiles las siguientes recomendaciones para
desarrollar políticas adecuadas en relación con estos
temas:
Los
Editores pueden contribuir a la adecuada divulgación de la
información biomédica desde las revistas
científicas al público general estableciendo el
acuerdo con los autores de que éstos no presentarán a
los medios de comunicación su trabajo mientras el manuscrito
esté bajo consideración editorial o a la espera de
ser publicado, así como el acuerdo con los medios de
comunicación de que éstos no publicarán
ninguna noticia sobre el trabajo antes de que salga publicado en la
revista; a cambio, la revista colaborará con todos ellos
para la preparación de las noticias.
Los
Editores deben ser conscientes de que el sistema de embargo se basa
exclusivamente en un compromiso expreso de las partes implicadas;
es decir, no existen mecanismos formales de control. Por tanto, si
un número significativo de medios de comunicación o
de revistas biomédicas deciden no respetar el embargo, dicho
compromiso queda anulado.
Son muy
pocos los trabajos de investigación que tengan una
repercusión tan notoria, decisiva y urgente para la salud de
la comunidad que requiera una difusión inmediata a
través de los medios de comunicación antes de la
publicación del artículo completo en una revista. Sin
embargo, en tales circunstancias excepcionales, las autoridades
sanitarias deben tomar la decisión y asumir la
responsabilidad de divulgar anticipadamente la información a
los profesionales sanitarios y a los medios de comunicación.
Si los autores y las autoridades competentes quieren divulgar los
resultados de un trabajo bajo consideración en una revista,
deben consultar con el Editor de la publicación antes de la
difusión pública del estudio. Si los Editores aceptan
la necesidad de divulgación inmediata del trabajo, deben
renunciar al sistema de embargo.
Las
políticas de restricción de la difusión de los
trabajos previa a su publicación no se deben aplicar a la
divulgación en los medios de comunicación de los
trabajos que se presentan en reuniones científicas o de los
resúmenes presentados en dichos encuentros (véase
sección III.D.2. Publicación redundante). Los
investigadores que presenten sus trabajos en reuniones
científicas deben ser libres para comentar sus estudios con
los periodistas, pero deben evitar darles información
adicional a la proporcionada en sus presentaciones.
Si la
publicación del artículo es inminente, los Editores
deben facilitar la preparación de noticias apropiadas en los
medios de comunicación mediante las correspondientes notas
de prensa, además de atender debidamente las consultas que
puedan plantearse, remitir el correspondiente número de la
revista en cuanto esté disponible o poner en contacto a los
periodistas con los expertos apropiados. En general, los
periodistas responsables opinan que esta colaboración por
parte de la revista influye positivamente también sobre la
disponibilidad de los medios de comunicación para cooperar y
publicar la noticia simultáneamente con la
publicación del artículo.
Editores,
autores y medios de comunicación deben aplicar estos mismos
principios a los materiales publicados anticipadamente en la
versión electrónica de la revista.
IV. PREPARACION Y ENVIO
DE MANUSCRITOS A REVISTAS BIOMÉDICAS
IV.A. Preparación
del manuscrito
Los Editores y
revisores externos dedican mucho tiempo a la lectura de
manuscritos, y por esto valoran positivamente los trabajos
fáciles de leer y de editar. Gran parte de la
información incluida en las instrucciones para autores de
las revistas está diseñada para alcanzar estos
objetivos respetando las necesidades editoriales propias de cada
publicación. Las siguientes recomendaciones establecen el
marco general y los principios básicos a seguir en la
preparación de un manuscrito para enviar a cualquier
revista.
IV.A.1.a. Principios
generales
Habitualmente,
pero no necesariamente, el texto principal de los estudios
observacionales y experimentales se divide en las secciones de
Introducción, Métodos, Resultados y Discusión.
La así llamada estructura «IMRD» no es un
formato arbitrario de publicación, sino un reflejo directo
del propio proceso de investigación científica. En
los artículos particularmente extensos puede ser necesario
incluir en el texto apartados adicionales, especialmente en las
secciones de Resultados y Discusión, para clarificar su
contenido. Por otra parte, es posible asimismo que cierto tipo de
trabajos, como los informes de casos, las revisiones o los
editoriales, requieran otra estructura.
La
publicación en la red permite añadir detalles o
secciones enteras sólo en la versión
electrónica: datos adicionales, enlaces cruzados,
selección de partes de los artículos, etc. Autores y
Editores deben trabajar conjuntamente en la preparación y
utilización de estos nuevos recursos. Los materiales
remitidos como información adicional para la red deben
seguir también el proceso de revisión externa por
expertos.
Se debe escribir
a doble espacio y dejar márgenes generosos en todas las
partes del manuscrito --incluyendo la página del
título, el resumen, el texto principal, los agradecimientos,
la bibliografía, las tablas y las leyendas--, lo que
facilitará la tarea de Editores y revisores en la
corrección del texto línea a línea y en la
inclusión de comentarios o preguntas directamente sobre la
copia en papel. Esta recomendación es también
aplicable a los manuscritos remitidos por vía
electrónica, ya que puede ser necesario imprimir el
documento para su revisión y proceso de
edición.
Durante el
proceso editorial, Editores y revisores necesitarán con
frecuencia referirse a partes específicas del manuscrito, lo
que resulta dificultoso a menos que se hayan numerado las
páginas. Por tanto, el manuscrito debe estar numerado en
todas sus páginas, empezando por la página del
título.
IV.A.1.b.
Recomendaciones para la publicación de estudios con
diseños específicos
Frecuentemente,
en los trabajos de investigación falta información
esencial. Los criterios presentados en este documento se refieren a
cuestiones generales, comunes a cualquier tipo de trabajo. Pero se
recomienda a los autores que consulten también, si existen,
las guías sobre publicación de estudios con
diseños específicos. En el caso de ensayos
clínicos controlados aleatorizados, los autores deben seguir
las recomendaciones recogidas en la Declaración CONSORT
(www.consort-statement.org). Entre otros elementos, la
Declaración CONSORT incluye una lista de comprobación
de la información que debe encontrarse en el manuscrito y un
esquema normalizado para presentar el diagrama de flujo de los
sujetos del estudio. También se han desarrollado
recomendaciones para la publicación de estudios con otros
diseños, y algunas revistas pueden exigir a los autores que
atiendan dichos criterios. Los autores deben consultar las
instrucciones de la revista sobre este particular.
IV.A.2. Página
del título
En la primera
página del manuscrito debe figurar la siguiente
información:
1. Título
del trabajo. Los títulos concisos son más
fáciles de leer que títulos los largos e intrincados.
Sin embargo, en los títulos demasiado breves puede faltar
información útil, como el diseño del estudio
(que es particularmente importante para identificar ensayos
clínicos controlados aleatorizados). Los autores deben
incluir en el título toda la información que maximice
la sensibilidad y la especificidad en la recuperación del
trabajo a través de una búsqueda
electrónica.
2. Nombres de
los autores y sus filiaciones institucionales. Algunas revistas
publicarán también el grado académico
más alto de cada autor, pero no todas.
3. Nombre del o
los departamentos e instituciones a los que se debe atribuir el
trabajo.
4. Renuncias de
responsabilidad, si las hubiera.
5. Autor
responsable de la correspondencia. Debe identificarse el nombre,
dirección postal, teléfono y fax y dirección
electrónica del autor responsable de la correspondencia
relacionada con el manuscrito. El autor responsable de la
correspondencia puede o no ser el autor «responsable»
de la integridad del trabajo en su conjunto, si algún autor
es identificado como tal (véase sección II.A.1.
Autores firmantes). El autor responsable de la correspondencia debe
indicar claramente si desea o no que se publique su
dirección electrónica.
6. Nombre del
autor o autores a los que se deben solicitar las separatas del
artículo o, en su defecto, aviso de que no se podrán
solicitar separatas a los autores.
7. Fuentes de
ayuda en forma de becas, equipos, medicamentos o todas
ellas.
8. Título
breve. Algunas revistas solicitan un título breve,
generalmente de no más de 40 caracteres (incluyendo letras y
espacios) al pie de la página del título. La
mayoría de las revistas publican estos títulos
breves, y también resultan útiles para registrar e
identificar los manuscritos en el proceso editorial.
9. Recuento de
palabras. El conocimiento del número de palabras del texto
principal del manuscrito (excluyendo el resumen, los
agradecimientos, las leyendas de las figuras y la
bibliografía) permitirá a Editores y revisores
valorar si la información contenida en el manuscrito
justifica el espacio ocupado y si el manuscrito se ajusta a los
límites de extensión establecidos por la revista. Por
los mismos motivos, también resulta útil el recuento
diferenciado del número de palabras del resumen.
10.
Número de figuras y tablas. Para redactores editoriales y
revisores puede resultar difícil saber si se han incluido
realmente las figuras y tablas que deben acompañar al
manuscrito a menos que se especifique el número de figuras y
tablas del trabajo en la página del
título.
IV.A.3. Página
para la declaración de conflictos de intereses
Para evitar que
la información sobre potenciales conflictos de intereses de
los autores pase desapercibida o no aparezca en el lugar apropiado,
es necesario que dicha información forme parte del
manuscrito. Por tanto, debe incluirse también en una o
más páginas separadas, inmediatamente a
continuación de la página del título. Sin
embargo, algunas revistas pueden no estar de acuerdo en solicitar
esta información a los autores y otras prefieren no remitir
la información sobre conflicto de intereses a los revisores
externos (véase sección II.D. Conflictos de
intereses).
IV.A.4. Resumen y
palabras clave
A
continuación de la página del título (o, en su
caso, de la página de declaración de conflictos de
intereses) debe encontrarse el resumen, cuyo formato (estructurado
o no) y extensión es variable según la revista. El
resumen debe informar sobre el marco o fundamentos del estudio y
debe presentar los objetivos del estudio, los procedimientos
básicos para su realización (selección de los
sujetos del estudio o de los animales de laboratorio,
métodos observacionales y analíticos), los
principales resultados (incluyendo la magnitud de los efectos y su
significación estadística, si fuera posible) y las
principales conclusiones. Se deben destacar los aspectos más
novedosos y relevantes del trabajo.
Puesto que el
resumen es la única parte significativa del artículo
que se incluirá en la mayoría de las bases de datos
electrónicas, y la única parte a la que
accederán muchos lectores, los autores deben asegurarse de
que el resumen recoge de manera exacta los contenidos principales
del artículo. Desgraciadamente, con frecuencia la
información incluida en los resúmenes no coincide con
la contenida en el cuerpo del
artículo6.
El formato de
los resúmenes estructurados varía de unas revistas a
otras, y en algunas se utilizan diferentes formatos. Los autores
deben preparar sus resúmenes siguiendo las instrucciones de
la revista elegida.
Algunas revistas
solicitan que, a continuación del resumen, los autores
incluyan e identifiquen de tres a diez palabras clave o locuciones
breves que describan el tema principal del artículo. Esta
información será útil para el proceso de
indización cruzada del trabajo, y puede también ser
publicada junto con el resumen. Se deben utilizar términos
del Medical Subject Index (MeSH, en su traducción al
castellano Descriptores de Ciencias de la Salud) del Index Medicus.
Si no existen todavía descriptores MeSH adecuados para
términos de reciente introducción, se pueden utilizar
directamente estos términos nuevos.
IV.A.5.
Introducción
En esta
sección se debe describir el marco o los fundamentos del
estudio (por ejemplo, la naturaleza del problema y su relevancia).
También deben enunciarse los objetivos específicos o
de investigación o la hipótesis evaluada en el
trabajo. En ocasiones, el objetivo del trabajo se puede presentar
muy claramente en forma de pregunta. Se deben expresar claramente
los objetivos principales y secundarios del trabajo, así
como cualquier análisis de subgrupos previsto en el
protocolo del estudio. Se deben incluir sólo las referencias
bibliográficas pertinentes, y nunca se deben presentar datos
o conclusiones del propio estudio.
IV.A.6.
Métodos
La
sección de Métodos debe incluir sólo la
información disponible cuando se diseñó el
proyecto o protocolo del estudio. Toda la información
obtenida a partir de la ejecución del mismo pertenece a la
sección de Resultados.
IV.A.6.a.
Selección y descripción de los participantes. Se
deben describir claramente el proceso de selección de los
sujetos de observación o experimentales (pacientes o
animales de laboratorio, incluyendo los controles), los criterios
de inclusión y exclusión de dichos sujetos y su
población de origen. Puesto que la relevancia de variables
tales como la edad y el sexo no siempre es evidente en
relación con los objetivos del estudio, los autores deben
justificar sus criterios sobre estas variables cuando se consideran
de alguna forma en el trabajo; por ejemplo, los autores deben
explicar por qué se incluyeron sólo sujetos de
determinados grupos de edad o por qué se excluyeron las
mujeres. El objetivo fundamental debe ser exponer con la
máxima claridad cómo se llevó a cabo el
estudio y por qué se hizo así. Cuando se utilicen
variables como raza o etnia, se debe definir cómo se
midieron tales variables y justificar su relevancia en el
estudio.
IV.A.6.b.
Información técnica. Se deben identificar los
métodos, aparatos (con el nombre y dirección del
fabricante entre paréntesis) y procedimientos con suficiente
nivel de detalle como para permitir que otros investigadores
reproduzcan los resultados. Se deben incluir sólo
referencias bibliográficas para las técnicas
conocidas, incluyendo los métodos estadísticos
(véase a continuación), y en el caso de
métodos publicados pero no conocidos de forma general una
descripción breve de éstos además de las
referencias pertinentes. Deben describirse los métodos
nuevos o modificados considerablemente, justificando las razones
para utilizarlos y valorando sus limitaciones. Todos los
fármacos y sustancias químicas utilizadas deben
identificarse de manera exacta, incluyendo nombres
genéricos, dosis y vías de
administración.
En los trabajos
de revisión se debe incluir una sección en la que se
describan los métodos utilizados para localizar,
seleccionar, extraer y sintetizar los datos. Tales métodos
deben presentarse también sintéticamente en el
resumen.
IV.A.6.c.
Análisis estadísticos. Los métodos
estadísticos empleados deben describirse en el manuscrito
con el nivel de detalle necesario para que un lector experto con
acceso a los datos originales pudiera verificar los resultados del
estudio. Siempre que sea posible, se deben cuantificar los
resultados y presentarlos con los apropiados índices
estadísticos de precisión o de incertidumbre (tales
como los intervalos de confianza). Los autores deben evitar la
confianza exclusiva en pruebas estadísticas de
hipótesis, por ejemplo valores p, que no aportan la
información de interés sobre la magnitud del efecto.
Siempre que sea posible, las referencias bibliográficas
relacionadas con el diseño y los métodos
estadísticos del estudio deben ser de publicaciones
clásicas y conocidas (con especificación de las
páginas correspondientes). Será también
necesario definir los términos estadísticos, las
abreviaturas y la mayoría de los símbolos. Se debe
especificar el programa informático utilizado.
IV.A.7.
Resultados
Los resultados
deben presentarse siguiendo una secuencia lógica en texto,
tablas e ilustraciones; los resultados principales o más
importantes deben aparecer en primer lugar. No se deben repetir en
el texto todos los datos incluidos en tablas o ilustraciones: es
suficiente con destacar o resumir sólo los resultados
más relevantes. Se puede incluir información
adicional o materiales complementarios en un apéndice,
siempre que sea accesible, pero sin que se interrumpa el discurso
del texto. Otra opción es publicar estos materiales
sólo en la versión electrónica de la
revista.
Cuando se
resumen los datos en la sección de Resultados, no deben
presentarse sólo resultados numéricos derivados (por
ejemplo, porcentajes), sino también los valores absolutos de
los que se obtienen dichos derivados. Se deben especificar los
métodos estadísticos utilizados en cada
análisis. Tablas y figuras deben limitarse sólo a las
estrictamente necesarias para apoyar los fundamentos del trabajo y
poder valorar los argumentos presentados. Son preferibles las
gráficas a las tablas con múltiples entradas. No
deben repetirse los datos presentados en tablas y figuras. Se debe
evitar la utilización coloquial de términos
estadísticos técnicos tales como
«aleatorio» (que implica una estrategia de
aleatorización), «normal»,
«significativo», «correlación» o
«muestra».
Siempre que sea
científicamente relevante, se deben incluir en el
análisis de los datos variables tales como la edad o el
sexo.
IV.A.8.
Discusión
Se deben
destacar los aspectos novedosos y relevantes del estudio y las
conclusiones que se derivan de ellos. No se deben repetir con
detalle los datos u otra información ya presentados en las
secciones de Introducción o Resultados. En el caso de
estudios experimentales, resulta útil empezar la
discusión con un breve resumen de los principales
resultados, y a continuación explorar los posibles
mecanismos o explicaciones para dichos resultados, comparar y
contrastar los resultados obtenidos con los de otros estudios
relevantes, presentar las limitaciones del estudio y, por
último, comentar las implicaciones del estudio para futuras
investigaciones y para la práctica sanitaria.
Se deben
relacionar las conclusiones con los objetivos del estudio, evitando
afirmaciones no contrastadas y conclusiones no respaldadas
suficientemente por los datos disponibles. En especial, los autores
deben evitar afirmaciones acerca de beneficios y costes
económicos a menos que el manuscrito incluya los
correspondientes datos y análisis económicos. No se
deben establecer prioridades ni extraer conclusiones prematuras de
trabajos todavía en curso. Si está justificado, se
pueden presentar nuevas hipótesis, pero siempre deben estar
claramente identificadas como tales.
IV.A.9. Referencias
bibliográficas
IV.A.9.a.
Consideraciones generales sobre las referencias
bibliográficas. Aunque las citas bibliográficas
de trabajos de revisión pueden servir para que el lector
acceda de manera eficiente a un área específica de la
literatura médica, los artículos de revisión
no siempre reflejan fielmente los contenidos de los trabajos
originales. Por tanto, siempre que sea posible se deben incluir las
referencias a los trabajos originales. Por otra parte, la
inclusión en la bibliografía de un número
excesivo de trabajos originales consume demasiado espacio en la
página impresa. Una selección de los trabajos clave
con frecuencia será más útil que un listado
extenso de citas, especialmente ahora que es posible extender el
número de referencias bibliográficas en la
versión electrónica del artículo, y que las
búsquedas bibliográficas electrónicas permiten
a los lectores recuperar fácilmente los trabajos
publicados.
Se debe evitar
la utilización de los resúmenes como referencias
bibliográficas. Las citas a manuscritos aceptados pero
todavía no publicados deben identificarse como «en
prensa» o «de próxima aparición».
Los autores deben conseguir los correspondientes permisos para
citar este tipo de trabajos, así como la confirmación
de que están aceptados para su publicación. La
información procedente de manuscritos enviados para su
publicación pero todavía no aceptados debe citarse en
el texto como «observaciones no publicadas»,
disponiendo también del correspondiente permiso escrito de
la fuente.
Hay que evitar
las referencias a «comunicaciones personales», a menos
que aporten información esencial y no disponible en fuentes
públicas, en cuyo caso se debe citar entre paréntesis
en el texto el nombre de la persona que proporciona la
información y la fecha de la comunicación. En el caso
de artículos científicos, los autores deben obtener
además la correspondiente autorización por escrito y
la confirmación de la exactitud de la
información.
No todas las
revistas comprueban la exactitud de las citas
bibliográficas, que a veces contienen errores en la
versión publicada del artículo. Por tanto, para
minimizar tales errores los autores deben verificar las referencias
bibliográficas con los documentos originales.
IV.A.9.b.
Estilo y formato de las referencias bibliográficas. El
estilo de los Requisitos de Uniformidad se basa principalmente en
una norma de estilo ANSI adaptada por la National Library of
Medicine (NLM) para sus bases de datos7. Los autores
deben consultar en www.nlm.nih.gov/bsd/uniform_requirements.html el
formato de los distintos tipos de referencias
bibliográficas.
Se deben numerar
las referencias bibliográficas consecutivamente, siguiendo
el orden con el que aparecen por primera vez en el texto. Las
referencias en el texto, en las tablas y en las leyendas se
identificarán mediante números arábigos entre
paréntesis. Las referencias citadas sólo en las
tablas o figuras deben numerarse siguiendo el orden con el que
éstas son mencionadas por primera vez en el texto. Se deben
abreviar los nombres de las revistas según el estilo
utilizado por el Index Medicus. Consulte el listado de revistas
indizadas en el Index Medicus, publicado anualmente por la NLM en
un documento específico y que también aparece en el
número de enero del Index Medicus. Asimismo, este listado se
puede obtener en la dirección electrónica de la NLM
(www.nlm.nih.gov).
Según la
revista, las referencias electrónicas se pueden citar entre
paréntesis en el texto o aparecer numeradas como el resto de
referencias bibliográficas en la sección de
Bibliografía. Los autores deben consultar este aspecto en
las instrucciones de la revista elegida para remitir su
trabajo.
IV.A.10.
Tablas
Las tablas
recogen la información de manera resumida y la presentan de
manera eficiente. También permiten mostrar la
información con el nivel deseado de detalle y
precisión. La inclusión de datos en las tablas en
lugar de en el texto habitualmente permite reducir la
extensión del mismo.
Se debe preparar
o imprimir cada tabla a doble espacio en páginas diferentes.
Las tablas deben ir numeradas consecutivamente, en el mismo orden
con el que son citadas por primera vez en el texto. Cada tabla debe
acompañarse de un título breve. Las tablas no deben
contener líneas interiores horizontales o verticales. Cada
columna en la tabla debe contener un encabezado breve o abreviado.
Las explicaciones se deben incluir en notas a pie de tabla, no en
los títulos o encabezados. En las notas a pie de tabla se
deben explicar todas las abreviaturas inusuales. Para las notas a
pie de tabla deben utilizarse los siguientes símbolos,
siguiendo el mismo orden presentado:
*, †,
‡, §, ||, ¶, **, ††,
‡‡
Debe
identificarse apropiadamente las medidas estadísticas de
dispersión, tales como la desviación estándar
o el error estándar de la media. Los autores deben
asegurarse de que cada tabla aparece convenientemente referida en
el texto. Si se presentan en las tablas datos de otras fuentes,
publicados o no, se deben obtener los correspondientes permisos y
reconocer públicamente las fuentes en
cuestión.
Las tablas
complementarias, con abundancia de datos y demasiado extensas para
su publicación en papel, pueden incluirse en la
versión electrónica de la revista, depositarse en un
servicio de archivos o ponerse a disposición de los lectores
mediante petición directa a los autores. En estos casos, se
añadirá al texto la información pertinente
necesaria. Dichas tablas deben enviarse a la revista junto al
manuscrito para su disponibilidad en el proceso de revisión
externa por expertos.
IV.A.11. Ilustraciones
(figuras)
Se deben
elaborar y fotografiar las figuras con calidad profesional, o bien
remitir reproducciones digitales de calidad fotográfica.
Además de exigir versiones de las figuras adecuadas para su
impresión, algunas revistas solicitan también a los
autores los correspondientes ficheros electrónicos en un
formato que permita la reproducción de imágenes de
alta calidad en la versión electrónica de la revista
(por ejemplo, JPEG o GIF). Los autores deben comprobar estas
imágenes en el ordenador y verificar que cumplen los
requisitos necesarios de calidad.
En el caso de
radiografías, ecografías u otras técnicas de
diagnóstico por la imagen, así como de
fotografías de especímenes patológicos o
microfotografías, se deben utilizar reproducciones
fotográficas en blanco y negro o en color, nítidas y
satinadas, generalmente de tamaño 127 ×
173 mm. Aunque algunas
revistas vuelven a dibujar las figuras, muchas no lo hacen. Por
tanto, las letras, números y símbolos incluidos en
las figuras deben ser nítidos y uniformes, y de
tamaño suficiente para que cada carácter siga siendo
legible en la versión reducida del artículo
publicado. Las figuras deben ser explicativas en sí mismas
tanto como sea posible, dado que muchas se reproducirán
directamente como diapositivas para presentaciones
científicas. Sin embargo, los títulos y las
explicaciones detalladas deben incluirse en las leyendas, no en el
cuerpo de las figuras.
Las
microfotografías deben contener marcadores de escala. Los
símbolos, flechas o letras incluidas en las
microfotografías deben destacarse claramente sobre el
fondo.
Si se utilizan
fotografías de personas, éstas no deben ser
identificables, o bien deben acompañarse de la
correspondiente autorización por escrito que permita su uso
(véase sección II.E.1. Pacientes y participantes en
el estudio). Siempre que sea posible, se debe obtener un permiso
específico para la publicación de estos
materiales.
Se deben numerar
las figuras consecutivamente siguiendo el orden con el que se citan
por primera vez en el texto. Si se utiliza una figura previamente
publicada, se debe identificar la fuente original y enviar junto
con el manuscrito la autorización por escrito del
propietario de los derechos de autor para reproducir el material. A
menos que se trate de un documento del dominio público, esta
autorización es necesaria con independencia de
quiénes sean los autores o la compañía
editorial.
Para las
ilustraciones en color, se debe comprobar si la revista solicita
negativos en color, transparencias positivadas o copias en color.
Un dibujo adjunto indicando la parte a reproducir de la
fotografía puede ser útil para el trabajo de
edición. Algunas revistas publican ilustraciones en color
solamente si los autores pagan los costes adicionales.
Los autores
deben consultar las instrucciones de la revista sobre el
envío de figuras en formato electrónico.
IV.A.12. Leyendas de
las ilustraciones (figuras)
Las leyendas de
las ilustraciones deben prepararse o imprimirse a doble espacio, en
páginas separadas, con la misma numeración
arábiga correspondiente a cada ilustración. Cuando se
utilicen símbolos, flechas, números o letras para
identificar partes de la figura, se debe identificar y explicar
claramente el significado de todos ellos en la leyenda.
También se debe explicar la escala interna de la imagen. En
las microfotografías se debe describir el método de
tinción utilizado.
IV.A.13. Unidades de
medida
Se deben emplear
unidades métricas (metros, kilogramos o litros) o sus
múltiplos decimales para las medidas de longitud, altura,
peso y volumen.
La temperatura
debe expresarse en grados Celsius. La tensión arterial debe
medirse en milímetros de mercurio, a menos que la revista
solicite expresamente el uso de otras unidades.
Existen
variaciones en las unidades utilizadas por las diferentes revistas
para las mediciones hematológicas, de bioquímica
clínica u otras. Los autores deben consultar las
instrucciones de la revista relativas a este particular, y deben
presentar los datos de laboratorio tanto en las unidades locales
como en las unidades del Sistema Internacional (SI). Antes de la
publicación algunos Editores pueden pedir a los autores que
incluyan unidades alternativas o que no pertenezcan al SI, ya que
las unidades del SI no son de uso generalizado. Para las
concentraciones de fármacos se pueden utilizar unidades del
SI o de masa, pero siempre que sea oportuno se presentarán
también entre paréntesis las unidades
alternativas.
IV.A.14. Abreviaturas
y símbolos
Se deben
utilizar únicamente abreviaturas comunes; la
utilización de abreviaturas poco habituales puede resultar
extremadamente confusa para los lectores. Los autores deben evitar
el uso de abreviaturas en el título del trabajo. La primera
vez que aparezca una abreviatura en el texto debe estar precedida
por el término completo al que se refiere, excepto en el
caso de unidades de medida comunes.
IV.B. Envío del
manuscrito a la revista
Cada vez
más revistas aceptan el envío electrónico de
manuscritos, sea en un disquete, como adjunto en un correo
electrónico o cargándolo directamente a través
del espacio en Internet de la revista. El envío
electrónico ahorra tiempo y gastos de correo y facilita el
manejo del manuscrito en las distintas fases del proceso editorial
(por ejemplo, en el envío a los revisores externos). Para el
envío electrónico de un manuscrito se deben consultar
las instrucciones para los autores de la revista
elegida.
Si se
envía el manuscrito impreso en papel, se debe incluir el
número de copias del manuscrito y de las figuras exigido por
la revista. Todas estas copias son necesarias para la
revisión externa por expertos y la edición del
trabajo para su publicación, y no se debe esperar que el
personal de la editorial prepare las copias requeridas.
Los manuscritos
deben acompañarse de una carta de presentación que
incluya la siguiente información:
Una
declaración completa acerca de cualquier trabajo enviado
para publicación o ya publicado que se pueda considerar
publicación redundante o muy similar al presente trabajo.
Cualquier trabajo previo que pueda entrar en esta categoría
debe identificarse específicamente en la carta de
presentación y citarse en el manuscrito presentado. Se deben
incluir también copias de estos trabajos previos con el
objetivo de ayudar al Editor de la revista a decidir sobre esta
cuestión.
Una
declaración de relaciones económicas o de otro tipo
que pudieran ser motivo de conflicto de intereses, siempre que esta
información no se incluya en el propio manuscrito
(véase sección IV.A.3. Página para la
declaración de conflictos de intereses) o en el formulario
para autores de la revista.
Una
declaración de que todos los autores han leído y
aprueban el manuscrito, que todos ellos cumplen los requisitos de
autoría, tal y como se han definido previamente en este
documento, y que todos los autores consideran que el manuscrito
presenta un trabajo honrado, en el caso de que toda esta
información no se recoja en algún formulario
específico de la revista (véase más
adelante).
El nombre,
dirección y teléfono del autor responsable de la
correspondencia, que será también el responsable de
comunicarse con los otros autores para las necesarias revisiones
del manuscrito o para la aprobación final de las pruebas de
imprenta, siempre que esta información no se incluye en el
propio manuscrito.
En la carta de
presentación se debe incluir cualquier información
adicional que pueda resultar útil al Editor de la revista,
por ejemplo el tipo de manuscrito según las diferentes
categorías de trabajos publicados en la revista. Si se ha
enviado el trabajo con anterioridad a otra publicación,
resultará útil incluir copia de los comentarios del
Editor y revisores previos y de la respuesta de los autores a
dichos comentarios. Los Editores animan a los autores a enviar
estas evaluaciones previas junto con el manuscrito, ya que de este
modo se contribuye a acelerar el proceso de
revisión.
Muchas revistas
proporcionan una lista de comprobaciones previas al envío
del manuscrito, que permiten a los autores asegurar que han
atendido correctamente todos los requisitos necesarios para la
remisión del manuscrito. Algunas revistas exigen
también que los autores completen listas de
comprobación para los estudios con determinados
diseños (por ejemplo, la lista de comprobación
propuesta por el grupo de trabajo CONSORT para los trabajos sobre
ensayos clínicos controlados, aleatorizados). Los autores
deben comprobar si la revista utiliza este tipo de listados y, en
su caso, remitirlos junto al manuscrito si así lo exige la
revista.
Junto al
manuscrito se deben incluir también copias de los permisos
obtenidos para reproducir materiales previamente publicados, para
incluir fotografías o información sobre personas
identificables o para mencionar en la sección de
Agradecimientos a personas concretas por su colaboración en
el trabajo.
V.
BIBLIOGRAFIA
A. Referencias
bibliográficas citadas en este documento
1. Davidoff F
for the CSE Task Force on Authorship. Who´s the author?
Problems with biomedical authorship, and some possible solutions.
Science Editor. July-August 2000: Volume 23 - Number 4:
111-119.
2. Yank V,
Rennie D. Disclosure of researcher contributions: a study of
original research articles in The Lancet. Ann Intern Med. 1999 Apr
20;130(8):661-70.
3. Flanagin A,
Fontanarosa PB, DeAngelis CD. Authorship for research groups. JAMA.
2002;288:3166-8.
4. Peer review
in health sciences. F Godlee, T Jefferson. London: BMJ Books,
1999.
5. World Medical
Association Declaration of Helsinki: ethical principles for medical
research involving human subjects. JAMA. 2000 Dec
20;284(23):3043-5.
6. Pitkin RM,
Branagan MA, Burmeister LF. Accuracy of data in abstracts of
published research articles. JAMA. 1999 Mar
24-31;281(12):1110-1.
7. Patrias K.
National Library of Medicine recommended formats for bibliographic
citation. Bethesda (MD): The Library; 1991.
B. Otras fuentes de
información relacionadas con las revistas
biomédicas
World
Association of Medical Editors (WAME)
www.WAME.org
Council of
Science Editors (CSE)
www.councilscienceeditors.org
European
Association of Science Editors (EASE)
www.ease.org.uk
Society for
Scholarly Publishing (SSP)
www.ssp.net
Cochrane
Collaboration
www.cochrane.org
The Mulford
Library, Medical College of Ohio
www.mco.edu/lib/instr/libinsta.html
VI. ACERCA DEL
COMITÉ INTERNACIONAL DE EDITORES DE REVISTAS
MÉDICAS
El Comité
Internacional de Editores de Revistas Médicas (CIERM) es un
grupo de Editores de revistas de medicina general cuyos miembros se
reúnen anualmente y trabajan sobre los Requisitos de
Uniformidad. El CIERM anima a enviar cualquier tipo de comentarios
sobre este documento, así como sugerencias para tratar
cuestiones específicas en su programa de trabajo.
VII. AUTORES DE LOS
REQUISITOS DE UNIFORMIDAD
Las revistas y
organismos participantes en el CIERM que aprobaron en junio de 2003
esta revisión de los Requisitos de Uniformidad son:
Annals of Internal Medicine, Canadian Medical Association Journal,
Croatian Medical Journal, Journal of the American Medical
Association, Nederlands Tijdschrift voor Geneeskunde, New England
Journal of Medicine, New Zealand Medical Journal, The Lancet, The
Medical Journal of Australia, Tidsskrift for Den Norske
Llegeforening, Ugeskrift for Laeger y la U.S. National
Library of Medicine.
VIII. USO, DIFUSION Y
TRADUCCION DE LOS REQUISITOS DE UNIFORMIDAD
Los usuarios
pueden imprimir, copiar y distribuir este documento con fines
educativos y no lucrativos sin ningún tipo de coste. El
CIERM no proporciona copias en papel (separatas) de este
documento.
La
política del CIERM es que desde los organismos interesados
se enlace con el documento oficial en inglés en
www.icmje.org. El CIERM no aprueba la inclusión del
documento oficial en otros espacios de Internet.
El CIERM aprueba
la traducción del documento oficial en inglés a otros
idiomas con fines no lucrativos. Sin embargo, el CIERM no dispone
de los recursos necesarios para traducir el documento o aprobar las
traducciones. Por tanto, cualquier traducción debe incluir
en un lugar destacado la siguiente declaración: «Esta
es una traducción a la lengua (insertar idioma) de los
Requisitos de Uniformidad para los manuscritos enviados a revistas
biomédicas del CIERM. (insertar nombre del organismo)
preparó esta traducción con la financiación de
(insertar nombre de la fuente de financiación, si la hubo).
El CIERM no ha revisado ni aprobado los contenidos de esta
traducción. La versión oficial de los Requisitos de
Uniformidad para los manuscritos enviados a revistas
biomédicas y de ciencias de la salud está disponible
en www.icmje.org».
IX. CONSULTAS
Las consultas
sobre los Requisitos de Uniformidad deben dirigirse a Christine
Laine, MD, MPH, ICMJE Secretariat, American College of Physicians,
190 N. Independence Mall West, Philadelphia, PA 19106-1572, Estados
Unidos de América. Teléfono: 215-351-2660; fax:
215-351-2644; correo electrónico: claine@acponline.org. Se
ruega no hacer consultas a la Secretaría del CIERM sobre
estilos o políticas de revistas concretas.